jueves, 21 de julio de 2022

Pago de nómina de pensionistas de Clases Pasivas julio de 2022


  • La nómina de Clases Pasivas del mes de julio se abonará a partir del próximo día 26 de julio, estará en las cuentas a partir del 27 de julio  
  • La oficina de atención al público de Clases Pasivassituada en Avenida General Perón, 38, de Madrid, se encuentra abierta en horario de 9 a 15 horas. Se atenderá exclusivamente con cita previa, la cual se puede solicitar accediendo al apartado "Servicios" de este portal.
  • Para efectuar cualquier consulta está a su disposición el teléfono de información 900503055 y el Buzón de Consultas que aparece en el apartado «Servicios» de este Portal.
  • En el apartado Clases Pasivas de la sede electrónica de la Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es) los ciudadanos, en su propio nombre o a través de sus representantes, pueden realizar de forma electrónica la gestión de determinados trámites relacionados con las pensiones y prestaciones de Clases Pasivas. Para efectuar estas gestiones se requiere certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve.

Residencias para estudiantes de la Guardia Civil 2022/23

Resolución de 22 de junio de 2022, de la Jefatura de Asistencia al Personal, por la que se anuncian las Residencias de Estudiantes del Cuerpo para el curso 2022/2023.

En el marco de la Acción Social, la Guardia Civil dispone de residencias de estudiantes ubicadas en acuartelamientos del Cuerpo con la finalidad de favorecer que los/las hijos/as del titular del derecho puedan cursar estudios universitarios o ciclos de grado superior impartidos en centros oficiales o legalmente autorizados, siempre que el solicitante se encuentre residiendo en localidad distinta; encontrándose regulado el uso de aquéllas en la Orden General núm. 38, de 6 de octubre de 2021, por la que se aprueban las normas de uso y disfrute de las residencias del Cuerpo de la Guardia Civil.


Finalidad.

Posibilitar, durante un curso escolar completo, el alojamiento a los hijos del personal contemplado como titular del derecho en la base segunda, que deseen cursar estudios Universitarios, Ciclos de Grado Superior o similares, impartidos por centros oficiales o legalmente autorizados, ubicados en localidades distintas a las del domicilio habitual de los padres o de quien tenga su tutela legal. Además y siempre que queden plazas libres, por curso completo o parcial, podrán optar a la plaza los que estén realizando prácticas de trabajo, o tengan becas para llevar a cabo estudios o trabajos, correspondientes a los estudios finalizados, siempre que no reciban una remuneración superior al salario mínimo interprofesional, o los que realicen cualquier otra actividad que tenga como finalidad el completar la formación superior adquirida.

Segunda: Titulares del derecho.

1.- El guardia civil en cualquier situación administrativa, que esté sujeto al régimen general de derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, a su régimen disciplinario y a las leyes penales y disciplinarias militares cuando le sea de aplicación.
2. El personal de la Guardia Civil que haya cesado en su relación de servicios profesionales en virtud de retiro.
3. Los alumnos que ingresen en el centro docente de formación para la incorporación, por el sistema de acceso directo, a la Escala de Cabos y Guardias y a la Escala de Oficiales, desde su nombramiento como tales.
4.- El personal de las Fuerzas Armadas y personal funcionario y laboral de la Administración General del Estado que preste sus servicios en el ámbito de la Dirección General de la Guardia Civil y perciba los haberes a través de su Servicio de Retribuciones.
5. El cónyuge viudo de los titulares del derecho previstos en los puntos 1, 2 y 3
anteriores.
6. El personal de las Fuerzas Armadas no comprendidos en el punto 4 anterior, así como el personal de otros ejércitos e instituciones u organizaciones de naturaleza militar o policial extranjeros, en régimen de reciprocidad y mutua colaboración.
7. Los guardias civiles que se encuentren en la situación administrativa de servicios especiales.


Descarga de la convocatoria

miércoles, 20 de julio de 2022

Convocatoria de Ayudas para huérfanos de Proyectos de Desarrollo Formativo Personal para el curso 2022/2023

La Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil (APHGC) por acuerdo de su Consejo de Gobierno y Administración convoca las Ayudas para Proyectos de Desarrollo Formativo Personal (en adelante PDFP o Proyectos) para los huérfanos protegidos, o que lo hayan sido, de esta APHGC.

Estas ayudas se plantean como un Proyecto de Desarrollo Formativo Personal (en adelante PDFP o Proyecto), propuesto y diseñado por el beneficiario, en el que él mismo propondrá los hitos que pretende alcanzar, y el plazo para alcanzarlos, que serán valorados para su concesión y cuya percepción esta condicionada a ir alcanzando oportunamente los objetivos propuestos. Se trata de un sistema de ayudas para facilitar al huérfano alcanzar el objetivo propuesto y no de un simple sistema de reintegro de gastos.

No se trata, por tanto, de una ayuda puntual al huérfano, si no de un programa de ayudas sostenido en el tiempo, que acompañará de un modo personalizado a los que verdaderamente se comprometan en todo su proceso de formación e insercción laboral. Para la continuidad en el tiempo de estas ayudas, será especialemente valorado que el beneficiario haya ido alcanzando en cada curso, año o periodo fijado los objetivos propuestos.

La concesión de una ayuda amparada en este apartado puede ser compatible con los beneficios recogidos en el apartado 14.2 de estas Normas, siempre que así lo solicite el huérfano en su Proyecto y sea aprobado por la Junta de Evaluación".

Para orientar a los interesados se enumeran ejemplos de actividades que pueden ser objeto de esta ayuda:

• Oposiciones para Administraciones Públicas.
• Idiomas (cursos para obtener certificados de nivel en España o de inmersión lingüística en paises extranjeros).
• Cursos de especialización o perfeccionamiento.
• Cursos para el acceso a una espacialidad como los MIR o FIR.
• Certificados de Profesionalidad.
• Menciones universitarias
• Estudios artísiticos no contemplados en el Sistema Educativo Español.
• Permisos de conducción C y D.
• Prácticas extracurriculares no remuneradas o escasamente remuneradas (no contempladas en los planes de estudios o formación de la Educación Superior).
• Otros estudios de educación no reglada que puedan contribuir a la mejora de la inserción laboral.

Seguidamente en los apartados 6.2 y 6.3 de dichas Normas se regulan quienes pueden ser los beneficiarios de los Proyectos y la composición de la Junta de Evaluación para dichas Ayudas.
Igualmente en las Normas se prevé la publicación anual de una Convocatoria donde se regule el procedimiento y plazo de solicitud, cuantía de la ayuda y criterios de adjudicación, así como la documentación a aportar por el solicitante, limitaciones, características del Proyecto, funciones de la Junta de Evaluación y elementos a evaluar.

Descarga de la convocatoria de las ayudas en el BOGC

Convocatoria de ayudas económicas para estudiantes alojados en Residencias, Colegios Mayores o establecimientos de hospedaje, durante el curso académico 21/22

Convocatoria de ayudas económicas para estudiantes alojados en Residencias, Colegios Mayores o establecimientos de hospedaje, durante el curso académico 2021/2022

Podrán solicitar estas ayudas los huérfanos e hijos de socios que en el curso académico 2021/2022 hayan:

  • Cursado estudios universitarios, ciclos formativos de grado superior o preparación de oposiciones por primera vez, estado alojados durante todo el curso en residencias de estudiantes, colegios mayores, establecimientos autorizados para el hospedaje en municipio distinto de su lugar de residencia habitual. Será necesario haber estado alojado, con continuidad o en periodos alternos, al menos 5 meses a lo largo del curso, salvo para los hijos de socio que hayan cursado estudios relacionados con el Programa Erasmus+ que podrá ser la duración de un cuatrimestre.
  • Alcanzado los siguientes resultados académicos:
    – En los estudios universitarios: superar un mínimo del 90% de los créditos establecidos en el apartado 5.2.c de las Normas
    – En los ciclos formativos de grado superior haber superado el curso completo.
    – En la preparación de oposiciones, hayan realizado un esfuerzo que razonablemente hubiera dado como resultado la obtención de la plaza a la que opositaban.

Limitaciones.
No podrán acceder a estas ayudas los beneficiarios que:

  • Hayan cumplido 30 años antes del día 1 de Octubre de 2021.
  • Se les haya concedido una Ayuda por un Proyecto de Desarrollo Formativo Personal que alcance al alojamiento (Sólo para huérfanos).
  • Se hubieran alojado en pisos de alquiler compartido o en habitaciones de casas particulares, aun cuando hubieran contado con contrato de alquiler.
  • Se hubieran alojado en residencias de la Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil.

Descarga de la convocatoria publicada en el BOGC