viernes, 25 de noviembre de 2022

Presupuestos Generales 2023: todas las subidas de pensiones

Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2023 han logrado este jueves la convalidación del Congreso de los Diputados y ahora serán enviados al Senado para continuar con su tramitación antes de la aprobación definitiva. Suponen un techo de gasto histórico de 198.200 millones de euros y contemplan ingresos récord de más de 307.000 millones de euros, confiando en el buen comportamiento de impuestos como el IRPF, IVA o Sociedades.


El visto bueno del Pleno del Congreso a los terceros presupuestos del Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos (que serán los últimos de la legislatura) ha sido posible gracias al voto favorable de entre 186 y 188 diputados en cada una de las distintas secciones, que representan más de la mitad de la Cámara (53,86%). En concreto, han apoyado las cuentas el PSOE (120 votos), Unidas Podemos (34) —se suma el voto de Meri Pita, ahora en el Grupo Mixto—, Esquerra Republicana (13), el PNV (6), EH-Bildu (5), el PDeCAT (4), Más País-Equo (2), Compromís, Coalición Canaria (2) y el PRC (1). La mayoría de las veces se han registrado 187 votos a favor.

Estas cuentas públicas «protegen a la mayoría social y profundizan en nuestro Estado del Bienestar», según presume el Gobierno, destinando un gasto social récord que alcanza los 266.719 millones de euros, sin incluir los fondos europeos. Es decir, 6 de cada 10 euros, a políticas sociales y dirigidas a ofrecer «estabilidad y certidumbre frente a la situación actual, según la ministra de Hacienda, María Jesús Montero. La cifra de gasto social se eleva hasta los 274.445 millones con los recursos comunitarios.

Los Presupuestos de 2023 consolidan la subida en torno al 8,5% de las pensiones contributivas (conforme al IPC medio anual), además de prorrogar el alza del 15% de las pensiones no contributivas y destinar 3.000 millones de euros al Fondo de Reserva para impulsar la sostenibilidad de las pensiones.


En las cuentas públicas del próximo ejercicio se recogen un conjunto de medidas de carácter social para toda la población, como la gratuidad del transporte público en trenes de Cercanías y Media Distancia, así como de los autobuses de líneas nacionales.

El presupuesto total de la Seguridad Social para 2023 asciende a 204.189 millones de euros (9,2% más de la previsión de liquidación de 2022), de los cuales, la mayor partida, 190.083 millones (el 11,4% más que este año), se dedica al pago de las pensiones, incluyendo las contributivas, no contributivas y las de los funcionarios de Clases Pasivas. En ese presupuesto se contempla asimismo la revalorización de las pagas conforme al IPC medio del año, para que los más de diez millones de pensionistas existentes mantengan su poder adquisitivo el año próximo.

Por su parte, el presupuesto del Ministerio de Sanidad asciende en total, con los fondos europeos, más los organismos públicos (ONT y AEMPS), sin consolidar, es decir, con las transferencias internas, a 3.102,23 millones de euros, un 6,5% más que en 2022, según ha detallado la ministra, Carolina Darias.

martes, 15 de noviembre de 2022

¿Me puedo jubilar a los 60 y cobrar el 100% de la pensión?

En el año 2027, la edad de jubilación ordinaria alcanzará los 67 años o los 65 si se acreditan al menos 38 años y 6 meses de cotización. En este enlace puedes consultar los requisitos vigentes para cada año, que para este año 2022 se sitúan en haber cumplido 66 y 2 meses si se tienen menos de 37 años y 6 meses cotizados. Si se supera esta barrera, puedes jubilarte con 65 años. No obstante, existen excepciones a estas normas generales por las cuales te puedes jubilar de manera anticipada.


Pues efectivamente, hay algunos trabajadores que se pueden jubilar a los 60 años y no ver mermada su pensión, si eres Funcionario y perteneces al sistema de Clases Pasivas podrás acceder a la jubilación cuando cumplas 60 años y siempre que acumules como mínimo 30 años de servicios efectivos al Estado, si tienes 35 años o mas el porcentaje de pensión será del 100%.

A este grupo pertenecen ciertos funcionarios de carrera de la AGE, de la Administración de Justicia, de las Cortes Generales, de otros órganos constitucionales y funcionarios estatales transferidos a las comunidades autónomas. También se incluyen militares de carrera, presidentes, vicepresidentes y ministros y otros altos cargos.

Si eres trabajador y tienes reconocido un 65% de discapacidad, tu jubilación se puede adelantar hasta 5 años de la edad ordinaria.

Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en los Regímenes General y Especiales Agrario, de Trabajadores del Mar y de la Minería del Carbón que realicen una actividad retribuida y durante ésta acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100. Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de cotización, del tiempo en que resulte reducida aquélla, serán de aplicación aunque la pensión se cause en cualquier otro régimen de la Seguridad Social.

La edad ordinaria exigida para el acceso a la pensión de jubilación, se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar al tiempo efectivamente trabajado los coeficientes que se indican, siempre que durante los períodos de trabajo realizados se acrediten los siguientes grados de discapacidad:

  • El coeficiente del 0,25, en los casos en que el trabajador tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • El coeficiente del 0,50, en los casos en que el trabajador tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65% y acredite la necesidad del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida ordinaria.

Para el cómputo del tiempo efectivamente trabajado, se descontarán todas las faltas al trabajo, salvo las bajas médica por enfermedad común o profesional, o accidente (sea o no laboral), las que tengan por motivo la suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción, acogimiento o riesgo durante el embarazo y las autorizadas reglamentariamente con derecho a retribución.

El período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable para calcular el importe de la pensión de jubilación (art. 5 RD 1539/2003, de 5 de diciembre).

Cómputo del tiempo trabajado.

Para el cómputo del tiempo efectivamente trabajado, a efectos de la aplicación de los coeficientes establecidos en el artículo anterior, se descontarán todas las faltas al trabajo, salvo las siguientes:

  • a) Las que tengan por motivo la baja médica por enfermedad común o profesional, o accidente, sea o no de trabajo.
  • b) Las que tengan por motivo la suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción, acogimiento o riesgo durante el embarazo.
  • c) Las autorizadas en las correspondientes disposiciones laborales con derecho a retribución.

viernes, 11 de noviembre de 2022

Jubilación anticipada voluntaria en el Régimen General de Seguridad Social


La edad de jubilación  va cambiando cada año con el objetivo de llegar a los 67 años en 2027. En el año 2022, ha sido modificada y ya está marcada en los 66 años y 2 meses, para todas las personas que hayan cotizado a lo largo de su vida laboral menos de 37 años y 6 meses. En el caso de haber alcanzado el tiempo de cotización señalado, la edad de jubilación se mantiene en 65 años. Pero, si quieres retirarte antes y cumples con los requisitos para solicitar la jubilación anticipada, ¿cuánto se puede recortar tu pensión?

Jubilación anticipada voluntaria

Actualmente, es posible retirarse del trabajo y recibir la pensión de jubilación antes de haber llegado al límite de edad establecido. Sin embargo, para ellos será necesario cumplir con unos requisitos concretos y además, este adelanto tendrá consecuencias en cuanto a la cantidad de dinero que se recibirá como pensión.

Según determina la Seguridad Social, hay diferentes motivos y formas para este retiro temprano. Un ejemplo son los trabajadores de empleos como la minería. Aunque, al referirnos a jubilación anticipada, generalmente se suele hablar de la voluntaria, es decir, la que se efectúa por deseo del trabajador.

¿Quién tiene derecho a la jubilación anticipada?

Existen diferentes razones por las que un trabajador puede retirarse de forma temprana del mercado laboral, que nos hace diferenciar entre diferentes tipos de jubilación anticipada:

  • Jubilación anticipada voluntaria: la que solicita el trabajador siempre y cuando cumpla los requisitos que veremos posteriormente.
  • Cese involuntario del trabajador, conocido como forzoso. Se produce cuando hay un despido colectivo, objetivo, la extinción del contrato o el fallecimiento o incapacidad del empresario. El trabajador aquí deberá tener al menos 4 años menos de la edad de jubilación y periodo de cotización de mínimo 33 años, entre otros requisitos.
  • Debido al grupo o actividad profesional, para empleos de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica, insalubre o de alto índice de mortalidad. Por ejemplo, mineros, trabajadores aéreos, ferroviarios, taurinos, bomberos…
  • Por discapacidad, cuando el trabajador tenga una discapacidad igual o superior al 65% o, en su caso, al 45%.

No debemos confundir la jubilación anticipada con la prejubilación. Esta última es una práctica no regulada por la Seguridad Social y que se trata de un acuerdo entre trabajador y empleador.


Requisitos para acceder a la jubilación anticipada voluntaria

En caso de que quieres retirarte del mundo laboral antes de tiempo, es imprescindible que cumplas con una serie de requisitos:

  • Edad: Se deberá tener como mínimo dos años menos de la edad ordinaria de jubilación establecida. En el caso de los trabajadores que hayan alcanzado 37 años y 6 meses cotizados, podrán llevarla a cabo con mínimo 63 años. Quienes no hayan alcanzado ese tiempo cotizado, podrán hacerlo a los 64 años y 2 meses. En estos casos se considera como edad de jubilación la que hubiera correspondido al trabajador seguir en el mundo laboral.
  • Estar de alta o en situación asimilada en la Seguridad Social.
  • Haber cotizado al menos 35 años. Además, de estos años cotizados, debe hacer 2 que hayan sido en los últimos 15 años. (Se incluyen ahora también los años en servicio militar obligatorio, la prestación social sustitutoria y el servicio social femenino)
  • Para los trabajadores del sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, en los últimos 10 años cotizados, al menos seis deberán corresponder a períodos de actividad efectiva en este sistema especial.

Además de cumplir con los requisitos mencionados, hay uno más en lo que se refiere a la pensión a percibir "El importe de la pensión a percibir en caso de jubilación anticipada tiene que ser superior a la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 65 años."

Actualmente, en el año 2022 es de 12.467 € al año con cónyuge a cargo o 10.103,80 € sin cónyuge y 9590 € con cónyuge no a cargo. En el caso de que esta cifra no se supere, no se podrá acceder a la jubilación anticipada voluntaria.

Tablas de edad de jubilación

AñoPeriodos cotizadosEdad de jubilación
201335 años y 3 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 1 mes
201435 años y 6 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 2 meses
201535 años y 9 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 3 meses
201636 años o más años Menos 36 años65 años 65 años y 4 meses
201736 años y 3 meses o más Menos 36 años y 3 meses65 años 65 años y 5 meses
201836 años y 6 meses o más Menos 36 años y 6 meses65 años 65 años y 6 meses
201936 años y 9 meses o más Menos 36 años y 9 meses65 años 65 años y 8 meses
202037 años o más Menos de 37 años65 años 65 años y 10 meses
202137 años y 3 meses o más Menos 37 años y 3 meses65 años 66 años
202237 años y 6 meses o más Menos 37 años y 6 meses65 años 66 años y 2 meses
202337 años y 9 meses o más Menos 37 años y 9 meses65 años 66 años y 4 meses
202438 años o más Menos 3865 años 66 años y 6 meses
202538 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses65 años 66 años y 8 meses
202638 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses65 años 66 años y 10 meses
A partir de 202738 años y 6 meses o más Menos 38 años y 6 meses65 años 67 años

Base reguladora

En primer lugar, para saber la cantidad de pensión que se recibirá, es necesario saber la base reguladora. Para ello se tienen en cuenta los últimos 25 años de cotización (300 meses) hasta la fecha de cese de actividad laboral.

Para el cálculo se suman las cotizaciones de esos 300 meses y se divide entre 350 (ya que la pensión se cobra en 14 pagas).

Si existiesen algunas lagunas de cotización, las 48 primeras mensualidades se integran con el 100% de la base de cotización mínima vigente de ese periodo. El resto con el 50% de la base mínima de entre todas. Para los trabajadores autónomos no corresponde ninguna integración de lagunas y esos meses se contarán como importe cero.

Coeficientes aplicados según los años cotizados

Para obtener la cantidad de prestación ordinaria, se aplican unos coeficientes en función de los años cotizados por el trabajador. En el caso de la jubilación anticipada, este paso también se realiza con los años teóricos que corresponderían.

  • Se tendrá derecho a un 50% con 15 años cotizados.
  • Para obtener el 100% en 2022 se deberán tener 36 años y en el 2027 tendrán que ser 37.

Teniendo la base reguladora y el coeficiente aplicado según los años cotizados, pasaremos a aplicar los coeficientes reductores por jubilación anticipada. Es decir, se aplicará la penalización correspondiente a cada trabajador según el tiempo de anticipo con el que se retire del mundo laboral.

Penalización por jubilación anticipada voluntaria

Con el objetivo de persuadir a los trabajadores de solicitar este retiro temprano, en la última reforma de la ley, se han intensificado las penalizaciones por jubilación anticipada voluntaria. De esta manera, los trabajadores que decidan llevar a cabo esta práctica verán una reducción significativa en su prestación.

¿Cuánto se reduce la pensión por jubilación anticipada?

Para saber cuánto se reduce la prestación, es imprescindible aplicar los coeficientes reductores que se han establecido al resultado del cálculo de la base reguladora con los coeficientes según la cotización teórica (teniendo en cuenta que el trabajador se jubilase en la edad ordinaria). Esto es una novedad del 2022, puesto que anteriormente eran trimestrales y se aplicaban a la base reguladora.

Estos son los rangos en los que se sitúan los coeficientes reductores:

  • Con menos de 38 años y 6 meses cotizados, el anticipo supondrá una reducción de entre el 21% (24 meses antes) y el 3,26% (1 mes antes).
  • Si el tiempo cotizado es menos de 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses de anticipo) y la mínima del 3,11% (1 mes).
  • Con más de 41 años y 6 meses cotizados, y menos de 44 años y 6 meses, la reducción será del 17% (24 meses antes). El coeficiente reductor será del 2,96% (1 mes antes).
  • Si el tiempo cotizado es de más de 44 años y 6 meses, la reducción será del 13% (24 meses antes) y del 2,81% en caso de hacerlo (1 mes antes).

Además, la prestación por jubilación anticipada está limitada. Tras la aplicación de los coeficientes reductores, la cantidad a recibir no podrá superar el importe que resulte de reducir el tope máximo en un 0,50% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación.


coeficiente jubilación anticipada voluntaria

viernes, 21 de octubre de 2022

Posibles recortes en la atención de las Mutualidades ISFAS, MUFACE y MUGEJU

CSIF se reunirá con los ministerios de Hacienda y Función Pública, Justicia y Defensa para analizar la situación actual de las mutuas de funcionarios Muface, Mugeju e Isfas, ante el riesgo de que algunos grupos hospitalarios denuncien el actual concierto económico si no se revisan las condiciones económicas. Temen que se produzca una reducción de hospitales en las mutuas por falta de financiación.


«Desde CSIF manifestamos nuestra preocupación por el futuro del modelo asistencial tras tener constancia de que algunos grupos hospitalarios podrían dejar de colaborar con las aseguradoras con las que trabajan si no se revisan las partidas económicas que dichos grupos reciben para compensar el incremento de la inflación», afirma.

Por ello «exige» que se incremente el presupuesto de las mutualidades para 2023 para evitar que se reduzca la calidad asistencial como consecuencia de la inflación. Anuncia que para las enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) va a trasladar a los grupos parlamentarios algunas específicas para incrementar la financiación, «que es insuficiente si se contrasta con el 9% de la inflación registrado el pasado mes de septiembre. De mantenerse esta situación, tememos que se vea afectada la asistencia sanitaria que se presta al funcionariado».

Por último, afirma que «no permitiremos que el colectivo de mutualistas y sus beneficiarios/as se vean afectados por la falta de apoyo económico por parte del Ministerio, por lo que prepararemos movilizaciones para que se atienda nuestra demanda, teniendo en cuenta que la situación será insostenible».

miércoles, 19 de octubre de 2022

¿Qué es la jubilación activa?

¿En qué consiste la jubilación activa?
La jubilación activa es una modalidad de compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.


El disfrute de la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, será compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia del pensionista, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  •  El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar una vez cumplida la edad que en cada caso resulte de aplicación, sin que, a tales efectos, sean admisibles jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación al interesado.
  • El porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada ha de alcanzar el 100%.
  • El trabajo compatible podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial.

El beneficiario tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos


¿Cuánto voy a cobrar durante la situación de jubilación activa?

La cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial, una vez aplicado, si procede, el límite máximo de pensión pública, o del que se esté percibiendo, en el momento de inicio de la compatibilidad con el trabajo, excluido, en todo caso, el complemento por mínimos, cualquiera que sea la jornada laboral o la actividad que realice el pensionista.

No obstante, si la actividad se realiza por cuenta propia y se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la pensión compatible con el trabajo alcanzará el 100 %. Finalizada la relación laboral por cuenta ajena o producido el cese en la actividad por cuenta propia, se restablecerá el percibo íntegro de la pensión de jubilación. Igual restablecimiento se producirá en el caso de cese en la actividad por cuenta propia cuando no se dieran las circunstancias que permitan compatibilizar el 100% de la pensión de jubilación con el trabajo.

¿Debo cotizar a la Seguridad Social durante la jubilación activa?

Durante la realización del trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, compatible con la pensión de jubilación, los empresarios y los trabajadores cotizarán a la Seguridad Social únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, según la normativa reguladora del régimen del sistema de la Seguridad Social correspondiente, si bien quedarán sujetos a una cotización especial de solidaridad del 8%, no computable para las prestaciones, que en los regímenes de trabajadores por cuenta ajena se distribuirá entre empresario y trabajador, corriendo a cargo del empresario el 6% y del trabajador el 2%.

Las empresas en las que se compatibilice la prestación de servicios con el disfrute de la pensión de jubilación no deberán haber adoptado decisiones extintivas improcedentes en los seis meses anteriores a dicha compatibilidad. La limitación afectará únicamente a las extinciones producidas con posterioridad al 17-03-2013 y para la cobertura de aquellos puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción. Una vez iniciada la compatibilidad entre pensión y trabajo, la empresa deberá mantener, durante la vigencia del contrato de trabajo del pensionista de jubilación, el nivel de empleo existente en la misma antes de su inicio. A este respecto se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores de alta en la empresa en el periodo de los 90 días anteriores a la compatibilidad, calculado como el cociente que resulte de dividir entre 90 la suma de los trabajadores que estuvieran en alta en la empresa en los 90 días inmediatamente anteriores a su inicio.
No se considerarán incumplidas la obligaciones de mantenimiento del empleo anteriores cuando el contrato de trabajo se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como procedente, ni las extinciones causadas por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.

jueves, 13 de octubre de 2022

Solicitud de pensión en la Seguridad Social y de Clases Pasivas


El tramite de solicitudes de pensión, tanto de viudedad, orfandad o jubilación en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), o en Clases Pasivas, hay que solicitar una cita previa. En la actualidad esta cita lleva un retraso de mas de 30 días.

Para facilitar este trámite hemos puesto a su disposición un servicio de tramitación de este tipo de prestaciones, en algunos casos  incluso sin desplazarse del domicilio.

Así de sencillo es nuestro servicio de declaración de solicitud de pensión on-line

  • Seleccione el tipo de solicitud  que debe realizar
  •  Se abrirá una nueva página con un formulario donde debe introducir su correo electrónico, su nombre y
    apellidos, su teléfono de contacto, etc.
  •  Una vez dispongamos de su información, revisaremos todos los datos mediante mail o de
    manera telefónica,contactaremos para comenzar los trámites
  •  Una vez revisado con usted, procederemos a presentar la solicitud de manera telemática.

El servicio de Solicitud de pensión Online es un servicio que ClasesPasivas.Net le ofrece a través de nuestra asesoría y gestoría administrativa García-Bravo Gestor Administrativo del Colegio de Madrid con número de colegiado 3157, para realizar su solicitud de pensión.

 

Solicitud de pensión

desde 65 € + IVA

Críticas a MUFACE, ISFAS y MUGEJU, por no cumplir los parámetros de calidad

CCOO-Justicia ha exigido que el pago de los medicamentos por parte de los mutualistas del Estado, titulares y beneficiarios, residentes en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, sea el mismo que los beneficiarios del Régimen General de la Seguridad Social, además de la recuperación de las prestaciones recortadas en 2012.

De esta manera, en una carta remitida a la ministra de Hacienda y Función Pública y al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el sindicato denuncia que los servicios que ofrecen las compañías con las que tienen concierto «no cumplen con los parámetros de calidad establecidos ni con las prestaciones a las que están obligadas».

Es por ello que se ha celebrado una reunión en la sede de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, con la Federación de Enseñanza de CCOO, el Sindicato Unificado de la Policía (SUP), la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) y la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) para la firma de esta carta.

Una misiva dirigida a la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, y al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en la que les solicitan una reunión «urgente».

«Analicen y evalúen adecuadamente los gastos de la asistencia sanitaria»

Tras la firma del último concierto sanitario de Muface, Mugeju y de Isfas, el sindicato ha criticado en varias ocasiones que los servicios que ofrecen a través de las compañías asistenciales con las que tienen suscrito concierto «no cumplen con los parámetros de calidad establecidos, como tampoco lo hacen con las prestaciones a las que están obligadas a ofertar conforme a lo recogido en la Cartera Nacional de Servicios y los Conciertos sanitarios».

«Exigiremos que se analicen y evalúen adecuadamente los gastos de la asistencia sanitaria para que podamos recuperar la totalidad de las prestaciones suprimidas o recortadas desde el año 2012, en especial las ayudas sociosanitarias», han manifestado en nota de prensa.

Asimismo, han pedido una rebaja en el pago de los medicamentos por parte de los mutualistas jubilados de forma que sea el mismo que los beneficiarios del Régimen General de la Seguridad Social, con una dotación presupuestaria que ha de verse recogida en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023.

«Todas las organizaciones firmantes de la carta avanzamos en un tema tan importante como la asistencia sanitaria que reciben los funcionarios de nuestro país, y advertimos de que no será la única acción que llevaremos a cabo para mejorar todas las deficiencias que detectamos y que se dan desde hace demasiado tiempo», han concluido.

martes, 11 de octubre de 2022

MUFACE La asistencia sanitaria a los funcionarios a punto de caer

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), reclama al Gobierno que incremente el presupuesto de Muface para el año 2023 para evitar que se reduzca la calidad asistencial como consecuencia de la inflación.

Según la organización  el presupuesto se verá incrementado en un 1,7 por ciento respecto al ejercicio anterior, lo que contrasta con el 9 por ciento de la inflación registrado en el mes de septiembre. De mantenerse esta situación, CSIF teme que se vea afectada la asistencia sanitaria que se presta al funcionariado.

De hecho, ya está registrando un incremento de las listas de espera, según asegura en un comunicado. "Desde CSIF siempre hemos denunciado el insuficiente presupuesto asignado a Muface para la financiación del concierto sanitario y creemos que en la actualidad la situación es más preocupante ante la marcha de la economía y la evolución de los precios. No vamos a permitir que el colectivo de mutualistas y sus beneficiarios/as se vea afectado por la falta de apoyo económico por parte del Ministerio.


Por este motivo, CSIF va a preparar movilizaciones para que se atienda nuestra demanda, dado la que la situación va a ser insostenible". En el documento aportado por CSIF, en los presupuestos de Muface aumentan las partidas destinadas a tributos, limpieza, comunicaciones y otros suministros. También en los conceptos destinados al pago de prestaciones para asistencia Gran Inválido, Diversidad funcional y ayudas asistenciales.

Por contra, otras partidas experimentan descensos. Por ejemplo, el caso de las prestaciones para parto múltiple, así como las relativas a la incapacidad temporal. El alza para asistencia sanitaria del mutualismo se concentra en el mayor gasto en farmacia. La central viene alertando desde hace años de la insuficiencia financiera del mutualismo administrativo y del recorte de prestaciones que ha empezado a derivarse de ello.


miércoles, 5 de octubre de 2022

Viaje a Praga – veteranos fundacion guardia civil

Anuncio de fecha, 23 de septiembre de 2022, de la Fundación Guardia Civil, por la que convocan 25 plazas en un viaje cultural a PRAGA y alrededores para Guardias Civiles, mayores de 65 años, con un acompañante, en las condiciones establecidas en el Anexo I de esta Resolución.

Madrid, 23 de septiembre de 2022.

EL GENERAL DE BRIGADA,

DIRECTOR GERENTE DE LA FUNDACIÓN GUARDIA CIVIL

ANEXO I

1.- Fecha de celebración.

1.1.- La salida y regreso se realizará desde el aeropuerto de Madrid – Barajas. Cada adjudicatario se presentará, por medios propios, a la hora que se indique una vez formalizado el viaje.

1.2.- Fechas y horario de los vuelos:

MADRID – PRAGA – 04 NOVIEMBRE – SALIDA 12.00 – 15.00 IB3148

PRAGA – MADRID – 08 NOVIEMBRE – SALIDA 15.45 – 18.50 IB3149

NOTA: Estos datos pueden sufrir modificaciones, dependiendo de la disponibilidad, compañías aéreas, etc.

2.- Programa.

2.1.- Empresa gestora:

Halcón Viajes

2.2.- Itinerario:

04 NOV: MADRID – PRAGA.

05 NOV: PRAGA – TEREZIN – PRAGA.

06 NOV: PRAGA – KARLOVY VARY – PRAGA.

07 NOV: PRAGA.

08 NOV: PRAGA – MADRID.

Pincha  en el siguiente enlace para ver el itinerario en información ampliada: fundacion guardia civil 2022  

3.- Beneficiarios.

3.1.- Personal profesional del Cuerpo mayor de 65 años de edad.

4.- Plazas.

4.1.- Se sortearán 25 plazas. Cada agraciado contará con una plaza más para un acompañante, además de la suya.

5.- Requisitos.

5.1.- Los aspirantes a estas plazas deberán reunir las siguientes condiciones:

  1. Encontrarse en la situación citada en el punto 3.1.
  2. Presentar a petición de la Fundación Guardia Civil documentación que acredite que los  datos reflejados en la solicitud no tengan errores.
  3. Acogerse a las normas de régimen interno que dicte la organización.
  4. Disponer de DNI o pasaporte en vigor.
  5. No haber disfrutado de este programa en el año 2019.

6.- Solicitudes.

6.1.-  Se presentarán, DIRECTAMENTE por el interesado, a través del formulario habilitado en la página web de la Fundación Guardia Civil (www.fundacionguardiacivil.es), previo registro en la misma. Se puede acceder a la página web desde cualquier conexión a Internet, existe dificultad para acceder a la inscripción a través de la Intranet del Cuerpo, por lo que se recomienda evitarlo.

A los solicitantes se les enviará, automáticamente, un correo electrónico confirmando el envío de la solicitud. En caso de no recibir el correo, comprueben la bandeja de "correo no deseado" o "spam", y en caso de que no se encuentre en alguna de ellas, vuelva a realizar el proceso.

Se ruega pongan especial cuidado a la hora de rellenar sus datos para evitar errores.

6.2.- El plazo de remisión de solicitudes finalizará a las 23:59 horas del día 12 de octubre de 2022, no siendo aceptada ninguna solicitud que tenga entrada en las cuentas de correo de la Fundación una vez finalizado el plazo.

6.3.- Serán causas de exclusión de solicitudes:

–     Incumplimiento de las condiciones establecidas en alguno de los puntos anteriores.

–     Ocultación o falsedad de los datos solicitados.

7.- Criterios de adjudicación.

7.1.- Examinadas las solicitudes y su documentación, y el cumplimiento de las condiciones exigidas, por la Fundación Guardia Civil, la concesión de las plazas se realizará por sorteo.

El sorteo se celebrará mediante acto público, en la Dirección General de la Guardia Civil (C/ Guzmán El Bueno, 110 – Madrid) en fecha y hora a determinar (será publicada en la web una vez se determine).

8.- Publicación de adjudicatarios.

8.1. Se publicarán los DNI de los 25 adjudicatarios de las plazas y 15 reservas, en la página web de la Fundación y se les informará vía correo electrónico.

9.- Precio.

El precio del viaje será asumido por la Fundación Guardia Civil, excepto 50 Euros que tendrán que abonar los adjudicatarios.

Una vez publicados los adjudicatarios, dispondrán de 7 días naturales para realizar el ingreso de los 50 Euros en la cuenta de la Fundación Guardia Civil, cuyos datos se facilitarán a los adjudicatarios. En caso de renuncia no se reintegrará el importe abonado.

Igualmente, la Fundación se pondrá en contacto con los adjudicatarios para que ese mismo plazo y nunca más tarde, envíen la documentación necesaria para la realización del viaje.

10.- Otra información,

Se podrá ampliar la información sobre la resolución, en el teléfono 900 103 062, en la página web: www.fundacionguardiacivil.es, y por correo electrónico a la dirección fundacion@guardiacivil.org, aunque se ruega que utilicen el teléfono solo en casos excepcionales y suficientemente justificados, para no bloquear la línea.

11.- Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de protección de los datos de carácter personal, se informa que, al participar en este programa, mediante el envío del formulario de inscripción, sus datos  serán incorporados al fichero «Beneficiarios» de la Fundación Guardia Civil, cuya finalidad es, exclusivamente, la de gestionar los datos de los beneficiarios de asistencia social, formativa y cultural de los programas de la Fundación Guardia Civil. Si lo desea, puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, dirigiéndose por escrito a la Fundación Guardia Civil, C/ Guzmán el Bueno, 110. 28003 Madrid.