miércoles, 8 de abril de 2015

Guardia Cvil Residencias veraniegas 2015

Resolución de 06 de abri l de 2015 de la Jefatura de Asistencia al Personal, por la que se dan normas sobre Residencias de Descanso del Cuerpo en la temporada veraniega 2015.

Podrán solicitar las residencias:

Los guardias civiles en situación administrativa de Activo o Reserva o Retiro


 

 

Los miembros de las Fuerzas Armadas en situación administrativa de activo o reserva y el personal Funcionario perteneciente a los Cuerpos Generales de la Administración, que perciban sus haberes a través del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil.il

El personal militar del Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire y de los Cuerpos Comunes en las mismas situaciones administrativas contempladas para el personal de la Guardia Civil, en régimen de reciprocidad

Los cónyuges-viudos y parejas de hecho en el mismo estado, del personal mencionado en los párrafos 1, 2 y 3, siempre que estén percibiendo pensión de clases pasivas de viudedad o de la misma clase del Sistema General de la Seguridad Social, causadas por dicho personal y mientras no varíe su estado civil.

Los huérfanos no emancipados del personal mencionado en los párrafos 1, 2 y 3, siempre que estén percibiendo pensión de clases pasivas de orfandad o de la misma clase del Sistema General de la Seguridad Social, causadas por dicho personal.

No se podrán solicitar las residencias hasta el día 15 de abril. El lazo de admisión es hastata el 04 de mayo de 2015 (inclusive).

Descarga de la orden publicada en el BOGC

Descarga características de las Residencias

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